TL;DR: Por lo general, tienes 2 años para demandar a alguien por una mordedura de perro en California, a partir de la fecha del ataque. Si no cumples con este plazo, podrías perder el derecho a recuperar los gastos médicos, los salarios perdidos y la compensación por cicatrices o trauma.
Puntos Destacados:
- Por lo general, tienes dos años desde la fecha de la mordedura para presentar una demanda por mordedura de perro en California.
- El plazo se aplica incluso durante el tratamiento o las negociaciones con la aseguradora.
- Podría aplicarse una suspensión del plazo para los menores hasta los 20 años.
- El plazo podría suspenderse si estás legalmente incapacitado.
- En casos concretos, el plazo podría ampliarse si el demandado se encuentra fuera del estado.
- Las mordeduras de perros de las autoridades requieren presentar una reclamación administrativa en un plazo de 6 meses.
- Si se te pasa el plazo, por lo general ya no podrás presentar una demanda.
Consejo: Apégate a los hechos y evita hacer conjeturas cuando hables con las aseguradoras o las autoridades; documenta cuanto antes la atención médica y los detalles del incidente.
Tabla de Contenidos
En California, el plazo para demandar a alguien por una mordedura de perro es de 2 años a partir de la fecha del ataque. Si no cumples el plazo, por lo general perderás el derecho a buscar compensación por tus gastos médicos y salarios perdidos, independientemente de la gravedad de tus lesiones.
Podrían darse excepciones poco frecuentes. Sin embargo, estas no alteran la norma general. Saber cuándo empieza a correr ese plazo de dos años y qué puede afectarlo es clave para mantener abiertas tus opciones legales.
¿Cuál Es El Plazo Estándar Para Presentar Una Demanda Por Mordeduras De Perro En California?
La ley de California te da dos años para presentar una demanda. Este plazo empieza a contar desde la fecha exacta de la mordedura. Estos casos podrían basarse en la responsabilidad estricta, en la que el dueño es responsable independientemente de lo que haya hecho. También podrían basarse en la negligencia, en la que el dueño no actuó con el debido cuidado. El plazo de dos años se aplica a ambos casos.
El plazo no se detiene mientras te recuperas. Acudir al médico, visitar a un fisioterapeuta o a un quiropráctico, o esperar a ver si tus lesiones mejoran no hará que dejes de correr. No importa si tus síntomas empeoran más adelante o si tu tratamiento aún está en curso.
Presentar una reclamación al seguro, que suele ser tu primera opción tras una mordedura de perro, tampoco ampliará el plazo. Las negociaciones en curso con la compañía de seguros del dueño del perro, por muy avanzadas que estén, no añaden tiempo adicional a tu plazo. La regla de los dos años es estricta. Sin embargo, la ley estatal sí reconoce excepciones muy concretas que podrían ampliar el plazo de presentación.
¿Cuándo Se Puede Ampliar El Plazo De Presentación?
Aunque el plazo de dos años casi nunca cambia, la ley de California sí permite algunas ampliaciones. Esto se denomina “suspensión del plazo”, lo que significa que el plazo se detiene. Solo ocurre en casos específicos, como los siguientes:
- Si tenías menos de 18 años en el momento de la mordedura, el plazo no empieza a contar hasta que cumplas los 18 años. La fecha límite definitiva es cuando cumplas los 20 años.
- Si la mordedura te dejó incapacitado para tomar decisiones legales, el plazo se detiene hasta que seas legalmente competente para presentar tu reclamación.
- La ley de California podría ampliar el plazo de presentación cuando el demandado se encuentra fuera del estado. Sin embargo, esta norma está sujeta a importantes excepciones. No se aplica automáticamente cada vez que el dueño de un perro viaja o se muda fuera de California.
Estas excepciones son muy concretas, por lo que puede ser arriesgado asumir que alguna de ellas se aplica a tu situación. Los abogados de mordeduras de perro suelen revisar los detalles del caso para determinar cuánto tiempo tienes para emprender acciones legales. Ten en cuenta que algunos plazos pueden ser más breves, sobre todo cuando se trata de un perro propiedad del gobierno.
¿Cuál Es El Plazo Si Te Muerde Un Perro Policía?

Una reclamación al gobierno es una notificación por escrito de tu lesión que se envía directamente a esa entidad. La ley de California exige que la presentes antes de poder demandar. Debes enviarla a la entidad específica que sea propietaria del perro o que lo controle, ya sea el departamento de policía de la ciudad, el sheriff del condado o la oficina local de control de animales. La entidad pública tendrá entonces 45 días para responder a tu reclamación.
Por lo general, solo puedes presentar una demanda si:
- La entidad rechaza la reclamación. Tienes seis meses desde la fecha en que recibas la denegación por escrito para presentar la demanda.
- La entidad no responde dentro del plazo establecido. La ley estatal suele considerar estas reclamaciones como rechazadas. Tienes dos años desde la fecha de la mordedura del perro para presentar una demanda, a menos que se aplique una excepción.
Además, si no cumples el plazo de seis meses, casi siempre se bloquea tu caso por completo. Normalmente, una corte desestimará tu demanda si te saltas o pasas por alto este paso, incluso si tus lesiones son graves. También es importante entender que las reclamaciones contra ayuntamientos y otros organismos públicos pueden ser más complicadas que los casos habituales de mordeduras de perro.
Podrían aplicarse defensas legales especiales, sobre todo cuando un perro policía actuaba en el ejercicio de sus deberes oficiales. Las acusaciones de que provocaste al perro también podrían limitar o invalidar una reclamación, según los hechos.
¿Qué Pasa Si No Cumples El Plazo De Presentación?
El plazo de prescripción es el plazo legal que tienes para presentar una demanda en California. Si lo dejas pasar, por lo general perderás la posibilidad de buscar compensación ante las cortes. La gravedad de tus lesiones y la culpa de la otra parte dejan de ser relevantes una vez que se cierra ese plazo.
Las cortes del estado aplican estrictamente el plazo de dos años para presentar la demanda, ya que permite a los jueces y jurados revisar los casos con pruebas recientes. También permite a la otra parte preparar su defensa recopilando sus propias pruebas antes de que se deterioren.
Si estás pensando: “Necesito un abogado de lesiones personales que me ayude a cumplir el plazo de presentación”, no esperes más. Te explicarán qué plazo se aplica a tu caso y, si decides contar con ellos, te ayudarán a evitar retrasos innecesarios durante el proceso de reclamación.
Preguntas Frecuentes Sobre Las Reclamaciones Por Mordeduras De Perro
Mucha gente evita presentar reclamaciones por mordeduras de perro. Por ejemplo, podría no querer hacer daño a un amigo o familiar, tener miedo de que el perro sea sacrificado o no estar seguro del costo de contratar a un abogado. Algunas víctimas buscan asesoría gratuita de un abogado de mordeduras de perro para entender qué pasa a continuación.
Estas preocupaciones son reales y también son algunas de las razones más comunes por las que las víctimas esperan demasiado y pierden su derecho a una compensación. Las respuestas a continuación te aclaran un poco cuáles son tus opciones generales tras una mordedura de perro.
¿Cambia El Plazo Si El Perro Es De Un Amigo O Familiar?
No. El plazo de dos años para presentar una demanda por mordedura de perro contra una entidad privada en California se aplica independientemente de quién sea el dueño del perro.
¿Se Puede Ampliar El Plazo Si Todavía Estoy Recibiendo Tratamiento Médico?
No. El plazo empieza a contar a partir de la fecha del ataque, no cuando termine tu tratamiento. Aunque sigas acudiendo al médico dos años después, la ley de California no suspende el plazo por la atención médica en curso.
¿Cambia El Plazo Si El Dueño Del Perro No Tiene Seguro?
El plazo de dos años para presentar la demanda sigue siendo el mismo, incluso si el dueño no tiene seguro. Un abogado de mordeduras de perro puede explorar otras opciones, como la póliza de seguro del propietario del inmueble.
¿Sacarán De En Medio Al Perro Si Demando Al Dueño?
Una demanda civil tiene que ver con la compensación por tus lesiones, no con el control de animales. Esas decisiones las toman las agencias locales de control de animales, no una corte civil.
¿Puedo Demandar Si Otro Perro Muerde A Mi Perro En California?
Sí, pero no en virtud de la ley de California sobre lesiones por mordedura de perro, que solo cubre lesiones a personas. Si un perro lesiona a tu perro, puedes presentar una reclamación por daños materiales para recuperar los gastos veterinarios y otros gastos relacionados.
¿A Los Abogados Solo Se Les Paga Si Ganan Un Caso De Mordedura De Perro?
Sí, si los abogados de mordeduras de perro trabajan bajo honorarios de contingencia. Con este acuerdo, no pagas nada por adelantado para contratar a uno. Si no se obtiene compensación, no tienes que pagar los honorarios del abogado, aunque algunos acuerdos podrían incluir los gastos del caso.
Contacta Con Arash Law Para Tu Caso De Mordedura De Perro En California
El plazo para presentar tu reclamación por mordedura de perro ya ha comenzado. Esperar incluso unas pocas semanas puede afectar las pruebas que sigan disponibles y al tiempo que tiene un abogado para prepararse. Si estás listo para dar el siguiente paso, el equipo de AK Law puede analizar tu situación y explicarte cómo podrían ayudarte antes de que se cierre ese plazo.
Una consulta inicial gratuita es tu primer paso para proteger tus opciones legales. Te da la oportunidad de hacer preguntas, entender en qué punto se encuentra tu reclamación y saber qué pasos dar antes de que se agote el plazo. No hay ninguna obligación de seguir adelante tras esa conversación.
Llama al (888) 488-1391 para concertar una consulta inicial gratuita. Nuestros abogados de mordeduras de perro atienden a víctimas lesionadas en toda California y están listos cuando tú lo estés. Cuanto antes te pongas en contacto con nosotros, más tiempo tendrá un abogado para evaluar tu reclamación y explicarte tus opciones antes de que venza el plazo de presentación.
