Que Es La Proposicion 213 y Como Afecta a Los Conductores de California

Que es la proposicion 213?

La Prop 213 de California, ¿qué es?

La Proposición 213, que oficialmente se llama La Ley de Responsabilidad Personal de 1996, fué presentada a los votantes en California y fué una medida de iniciativa que limitaría el derecho de los automovilistas no asegurados, recuperaría cualquier daño para los ciudadanos que cumplan la ley al demandar a delincuentes y conductores ebrios. 

Quackenbush, el Comisionado de Seguros en marzo de 1998, asignó una reducción de $71 millones para las tarifas que se presentaron a través de Mercury Insurance Co. para la Proposición 213. Las tarifas de automóviles para Mercury también se redujeron en un veinte por ciento para la cobertura de automovilistas sin seguro y un quince por ciento para la cobertura por lesiones corporales.

MADD o Madres contra la conducción en estado de ebriedad, Doris Tate Crimes Victims Bureau, Asociación de Investigación de Oficiales de Paz de California, Asociación de Jefes de Policía de California, Asociación para la Reforma de Compensación de California, Asociación de Patrulleros de Carreteras de California, Asociación de Oficiales de Paz de California, entre otros. Proposición 213. Quienes se opusieron a la Proposición 213 fueron el Proyecto de Aplicación de Proposición 103, que fué una propuesta que provocó el uso del análisis secuencial para establecer tarifas.

 

Que es la proposicion 213?

El hecho de que no estuviera asegurado no significa que no tenga derecho a ser compensado. Tiene derecho a una compensación por salarios perdidos, facturas médicas, daños a la propiedad y cualquier otra pérdida que haya sufrido debido a la negligencia de alguien.

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Este proyecto fué liderado por la Asociación de Abogados Litigantes de California, Consumer Action, United Policyholders y el consumidor Harvey Rosenfield.

La Proposición 213, o Prop 213 para abreviar, es una ley estatal en California que fué aprobada el 5 de noviembre de 1996. Esta ley restringe principalmente el cobro de daños no económicos que resultaron de un accidente automovilístico de conductores que no están asegurados, sin importar si no tuvieron la culpa del accidente. Ha habido muchos desafíos a esta ley hasta la fecha, pero en este momento, la ley aún no se ha revocado. La ley afecta principalmente a aquellos que actualmente no están asegurados; sin embargo, hay otras partes de esta ley que también podrían cambiarlo en un reclamo de accidente diferente.

En cualquier acción por daños y perjuicios basada en negligencia, una persona no puede recuperar ningún daño si las lesiones del demandante fueron causadas de alguna manera por la comisión del demandante de un delito grave,  y el demandante ha sido debidamente condenado por ese delito.

La razón de esta ley es bastante simple. Una persona que no protege a los demás de las acciones negligentes que realiza, no debería ser capaz de recibir daños por dolor y sufrimiento. Esencialmente, es un castigo, para decirlo simplemente. Sin embargo, la verdadera pregunta es si esta ley alienta o no a alguien a tener un seguro. Es probable que la mayoría de los conductores en el estado de California no sean conscientes del hecho de que su falta de cobertura ahora los excluye de ciertos daños, incluso en los casos en que no tienen la culpa.

Hay muchos casos en los que las personas llaman a las oficinas de abogados y se angustian al conocer esta ley y afirman que la ley no es justa. Ya sea que la ley sea injusta o no, la ley es una ley existente y evita que los conductores que no tienen la cobertura de responsabilidad legal adecuada obtengan dolor y sufrimiento debido a sus acciones negligentes en las carreteras. Esto se aplica a cualquier tipo de vehículo, camionetas, autobuses e incluso camiones.

El Propósito de la Proposición 213 Según la Iniciativa

La primera razón mencionada para la Proposición 213 es que los costos del seguro de automóvil  han aumentado en California para aquellos que se hacen responsables de sus acciones. Los conductores ebrios, los automovilistas que no están asegurados y los delincuentes y criminales están infringiendo la ley, y no hay razón para que se les recompense por ser irresponsables y violar la ley.

Sin embargo, según las regulaciones actuales, los conductores ebrios que no están asegurados y que están involucrados en accidentes pueden recuperar daños que no son razonables para los ciudadanos que cumplen con la ley.

La segunda razón es que el sistema, que recompensa a las personas que se niegan a asumir la responsabilidad personal para evitar que puedan buscar daños irrazonables o demandar a un ciudadano que cumpla con la ley.

Esta es la razón por la cual el Pueblo del Estado de California promulgó esta medida para restablecer el equilibrio para que el sistema de justicia limite el derecho de demandar a conductores ebrios, automovilistas que no están asegurados y delincuentes.

Según la ley anterior, cualquier persona que sufriera una lesión como resultado de un accidente automovilístico pudo demandar a la persona, gobierno o empresa responsable para poder recuperar las pérdidas. Las pérdidas pueden incluir pérdidas económicas, que podrían ser gastos médicos, daños a la propiedad o salarios perdidos, y pérdidas que no son económicas, por ejemplo, dolor y sufrimiento.

Esta propuesta no permite la recuperación de pérdidas que no son económicas para accidentes específicos. Un delincuente condenado puede, de demandar, recuperar los daños sufridos debido a la negligencia de otra persona. Un delincuente convicto puede demandar para recuperar algunas de sus pérdidas.

 

¿Qué compensación afecta la Proposición 213?

La compensación solo está restringida por daños no económicos que suceden en un accidente automovilístico por la Proposición 213. Esto incluye pérdidas por desfiguración, angustia emocional o mental, dolor y sufrimiento, inconvenientes y discapacidad física. Los daños económicos aún se ofrecen a las víctimas de accidentes que se ven afectados por la Proposición 213. Esto incluiría cosas como los costos de rehabilitación, los gastos médicos futuros, el trabajo perdido que significa salarios perdidos y las reparaciones a la propiedad o los vehículos.

¿A quién afecta la Proposición 213?

Principalmente, los conductores no asegurados se ven afectados por la Proposición 213. Si en el momento de un accidente no está asegurado ni el vehículo que conduce, en su caso, puede aplicarse la Proposición 213. Como mencionamos anteriormente, esto le negará que pueda ser compensado por cualquier daño que no sea económico. No importa si tiene una razón para creer que el vehículo que conduce está asegurado.

Los conductores bajo la influencia del alcohol o las drogas, también conocidos como DUI, también son una parte vital de los afectados por la Proposición 213. En un caso en el que un conductor no causó el accidente en ese momento, pero había estado conduciendo bajo la influencia, puede hacer que la ley les impida cobrar daños por dolor y sufrimiento, así como cualquier otra compensación no económica. Una cosa importante a tener en cuenta es que esto tiene que ver tanto con las víctimas de accidentes automovilísticos de DUI como con aquellos que los causan.

¿Hay excepciones a la Proposición 213?

Existen excepciones específicas para la Proposición 213 con las cuales es posible que pueda obtener todos los daños a los que tiene derecho, independientemente de si estaba asegurado cuando ocurrió el accidente o si el vehículo que conducía estaba asegurado o no.

La primera excepción es si el vehículo que conducía era un vehículo de la compañia y no estaba asegurado, entonces aún podría buscar daños no económicos por la lesión por accidente. Esto incluso puede aplicarse si, cuando ocurrió el accidente, no estaba asegurado.

La segunda es si el accidente ocurrió en una propiedad privada, es posible que pueda obtener toda la compensación que generalmente le corresponde. Esto se debe a que la ley estatal exige que los conductores tengan un seguro de responsabilidad civil para conducir en las carreteras públicas, pero en propiedad privada, esto no es un requisito.

La tercera y última excepción es si usted no es el propietario del vehículo que conduce, pero usted, tiene otro automóvil que tiene seguro, esto lo eximirá de la Proposición 213.

Su seguro le permite buscar la compensación completa a la que generalmente tiene derecho, a pesar de que el automóvil que conducía no estaba asegurado.

Si no estaba asegurado, ¿debería seguir un caso de lesiones personales?

El hecho de que no estuviera asegurado no significa que no tenga derecho a ser compensado después de sufrir una lesión en un accidente causado por la negligencia de otra persona. Incluso si en su caso, se aplica la Proposición 213. Usted tiene derecho a sus salarios perdidos, facturas médicas, daños a cualquier propiedad, salarios perdidos o cualquier otra pérdida económica que pueda haber sufrido debido a la negligencia de otra persona. Si necesita una representación superior para su caso u orientación legal en California, debe comunicarse con Arash Law y programar una consulta gratuita con nosotros.

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