¿Hay Un Estatuto De Limitaciones Para Resbalones Y Caídas En California?

TL;DR: Los plazos para resbalones y caídas en California varían según el caso. Las demandas por lesiones en propiedad privada por lo general tienen un límite de 2 años, las reclamaciones contra entidades públicas podrían requerir una reclamación gubernamental por escrito dentro de 6 meses, y los daños a la propiedad podrían tener un plazo de 3 años. Las excepciones pueden cambiar estos tiempos, así que identificar a la parte responsable y preservar evidencia desde temprano es importante.

California, por lo general, te permite 2 años para presentar una demanda por lesiones personales después de un resbalón y caída en propiedad privada. Sin embargo, si una entidad pública podría ser responsable, podrías necesitar presentar una reclamación gubernamental por escrito dentro de 6 meses después de que se acumule la causa de acción antes de que puedas demandar. Los daños a la propiedad por el mismo incidente podrían estar sujetos a un periodo de limitaciones separado de 3 años.

La fecha límite correcta depende de quién era dueño, controlaba o mantenía la propiedad; el tipo de reclamación involucrada; y si una regla como la suspensión por minoría de edad, el descubrimiento tardío o la falta de capacidad legal cambia el reloj. Una tienda de abarrotes o un complejo de apartamentos privado por lo general caerá bajo el plazo ordinario de lesiones personales. En cambio, una banqueta de la ciudad, un parque público, una instalación de transporte u otra propiedad controlada por el gobierno podría estar sujeta al plazo más corto de presentación de reclamaciones de la Ley de Reclamaciones contra la Administración.

Como pueden aplicar diferentes fechas límite al mismo incidente, identificar a las partes responsables desde temprano es importante. La evidencia también puede desaparecer mucho antes de que se venza el periodo para presentar, así que la fecha límite legal no debería usarse como razón para no investigar una reclamación por resbalón y caída o para no preservar evidencia relacionada con ella.

Datos Clave Sobre Los Plazos De Resbalones Y Caídas En California

  • California, por lo general, te permite 2 años para presentar una demanda por lesiones personales basada en el acto indebido o negligencia de otra persona (CCP § 335.1).
  • California, por lo general, da 3 años para presentar una demanda buscando daños por lesión a propiedad personal (CCP § 338(c)(1)).
  • Una reclamación por escrito cubierta contra una entidad pública por lo general debe presentarse dentro de 6 meses después de que se acumule la causa de acción (Código de Gobierno § 911.2).
  • Una solicitud de permiso para presentar una reclamación gubernamental tardía por lo general debe hacerse dentro de un tiempo razonable que no exceda 1 año después de la acumulación (Código de Gobierno § 911.4).
  • Para muchas demandas por lesiones personales en propiedad privada, el periodo de limitaciones podría suspenderse mientras la persona lesionada sea menor de edad (CCP § 352(a)).
Tabla de Contenidos
    Revisado por
    Arash Khorsandi, Esq., Abogado
    Arash Khorsandi
    Colegio de Abogados del Estado de California (California State Bar) #249405 Admitido en 2007 Abogado Especializado En Lesiones Personales En California
    Última Revisión:

    Fecha Límite Para Accidentes De Resbalón Y Caída En Propiedad Privada

    Si te resbalaste y te caíste en una tienda de abarrotes, una tienda minorista o un complejo de apartamentos privado, California, por lo general te da 2 años desde la fecha de tu lesión para presentar una demanda por lesiones personales. Esa fecha límite viene del Código de Procedimiento Civil (Code of Civil Procedure, CCP) § 335.1, que rige las acciones por lesiones personales que surgen de un acto indebido o negligencia. El texto del estatuto dice:

    “Dentro de dos años: Una acción por asalto, agresión o lesión a, o por la muerte de, un individuo causada por el acto indebido o negligencia de otra persona”.

    En un caso típico de resbalón y caída, el periodo de dos años empieza cuando ocurre la lesión. Sin embargo, la ley de California reconoce excepciones que podrían afectar cuándo se acumula una reclamación o si el periodo de limitaciones se suspende. Como regla general, la fecha límite no se basa en:

    • La fecha en que terminó tu tratamiento.
    • La fecha en que terminaste terapia física.
    • La fecha en que consultaste por primera vez a un abogado.
    • La duración de las negociaciones con el seguro.

    Una de las maneras más comunes en que la gente pierde su derecho a presentar es por creer por error que las negociaciones con el seguro ya terminaron. Hablar con un ajustador, recibir ofertas de acuerdo o seguir con atención médica, por lo general, no pausa la fecha límite. A menos que aplique una excepción legal, el periodo de prescripción sigue corriendo. No cumplirlo normalmente significa que desestimen tu caso si el demandado plantea correctamente el estatuto de limitaciones como defensa.

    Las reclamaciones por muerte por negligencia que surgen de un resbalón y caída fatal siguen el estatuto de limitaciones de 2 años bajo CCP § 335.1. Quienes podrían presentar la reclamación incluyen:

    • El cónyuge sobreviviente o pareja de hecho del fallecido.
    • Los hijos del fallecido y ciertos otros herederos.
    • Ciertas otras personas están identificadas por el estatuto, incluyendo algunos dependientes.

    Fecha Límite Para Daños A La Propiedad Después De Un Resbalón Y Caída

    Los accidentes de resbalón y caída pueden dañar más que tu cuerpo. Teléfonos, relojes, lentes, ropa u otra propiedad personal también podrían dañarse en el incidente.

    California, por lo general, te permite 3 años para presentar una demanda por daños a propiedad personal. Esta fecha límite es separada del periodo de limitaciones de 2 años que por lo general aplica a reclamaciones por lesiones personales. (CCP § 338(c)(1)).

    Si el mismo incidente causó tanto lesión corporal como daños a la propiedad, entonces las dos reclamaciones podrían estar sujetas a diferentes fechas límite para presentar. Las reclamaciones que involucran a una entidad pública también podrían estar sujetas a la Ley de Reclamaciones contra la Administración, que impone fechas límite más cortas para la presentación de reclamaciones.

    Fecha Límite Para Resbalones Y Caídas En Propiedad Pública O Del Gobierno

    Si tu resbalón y caída pasó en propiedad del gobierno en California y tienes una reclamación contra una entidad pública, por lo general debes presentar una reclamación gubernamental por escrito dentro de 6 meses antes de que puedas demandar. Código de Gobierno (Government Code, Gov. Code) § 911.2 requiere que las reclamaciones por lesiones personales se presenten a más tardar 6 meses después de que se acumule la causa de acción.

    La reclamación por escrito, por lo general, debe identificar al reclamante, la fecha y el lugar del incidente, las circunstancias que causaron el incidente y las lesiones y daños sufridos. Defectos u omisiones en una reclamación pueden crear problemas de procedimiento.

    Una vez que se presenta la reclamación, la entidad pública por lo general tiene 45 días para actuar sobre ella (Código de Gobierno § 912.4). Pueden pasar tres cosas:

    1. La Entidad Acepta La Reclamación En Su Totalidad O En Parte: Entonces el asunto podría proceder a pago o acuerdo, posiblemente después de negociación.
    2. La Entidad Rechaza La Reclamación Por Escrito: Si se da el aviso escrito adecuado de rechazo bajo el Código de Gobierno § 913, por lo general tienes 6 meses desde la fecha en que el aviso fue entregado personalmente o depositado en el correo para presentar una demanda.
    3. La Entidad No Actúa: Por lo general, se considera que la reclamación fue rechazada una vez que se venció el tiempo para que la entidad actúe. Si no se da el aviso escrito adecuado bajo § 913, el Código de Gobierno § 945.6 por lo general permite hasta 2 años desde la acumulación de la causa de acción para presentar la demanda.

    ¿Qué Pasa Si Se Te Pasa La Fecha Límite De Seis Meses?

    Víctima de una caída por resbalón que revisa las imágenes de las cámaras de vigilancia junto con el personal de seguridadLa ley de California por lo general permite una solicitud de permiso para presentar una reclamación tardía cuando una reclamación sujeta a la regla de 6 meses no se presentó a tiempo. La solicitud, por lo general, debe presentarse dentro de un tiempo razonable, sin exceder 1 año después de que se acumuló la causa de acción, y debe indicar la razón del retraso (Código de Gobierno § 911.4).

    Si hay alivio disponible, depende de las circunstancias y de los requisitos del estatuto que rigen las reclamaciones tardías. Las fechas límite para reclamaciones gubernamentales son estrictas; no asumas que el descubrimiento tardío u otra excepción aplique a tu situación. Una solicitud de reclamación tardía es un remedio potencial para justificar la aprobación, no un sustituto de presentar la reclamación a tiempo. Consulta pronto con un abogado de resbalones y caídas en California para confirmar la fecha límite aplicable.

    ¿Qué Tipos De Propiedad Podrían Estar Involucrados En Una Reclamación Gubernamental?

    La propiedad de un inmueble con frecuencia es menos obvia de lo que parece. Por eso, identificar a las entidades que eran dueñas, controlaban o mantenían la propiedad es importante.

    Las entidades gubernamentales que podrían ser responsables por condiciones peligrosas incluyen:

    • Parques y áreas recreativas de la ciudad y del condado.
    • Escuelas públicas, community colleges y campus universitarios.
    • Cortes, edificios cívicos y bibliotecas públicas.
    • Estaciones, plataformas y vehículos de transporte público.
    • Estructuras de estacionamiento propiedad del municipio.
    • Playas públicas, muelles y paseos marítimos.
    • Hospitales del condado e instalaciones de salud pública.
    • Banquetas municipales, caminos públicos y autopistas estatales.
    • Complejos de vivienda pública.

    Una instalación propiedad del gobierno operada por una empresa privada podría involucrar reclamaciones tanto contra una entidad pública como contra una empresa privada, dependiendo de quién controlaba la propiedad y las circunstancias del incidente. Una instalación de uso conjunto compartida por una ciudad y un distrito escolar igualmente podría involucrar a más de una entidad.

    Excepciones Que Pueden Pausar O Cambiar La Fecha Límite Para Presentar

    La ley de California reconoce un conjunto limitado de excepciones que pueden suspender (pausar legalmente) o de otra manera afectar la fecha límite para presentar una reclamación por resbalón y caída. Estas excepciones dependen de los hechos y no deberían tratarse como una estrategia de planeación.

    Las posibles excepciones incluyen las siguientes:

    • Suspensión Por Minoría De Edad: Si la persona lesionada en un resbalón y caída es menor de edad, la fecha límite de dos años para presentar podría suspenderse hasta que cumpla 18 para muchas reclamaciones por lesiones personales en propiedad privada. Sin embargo, la fecha límite de seis meses para reclamaciones contra entidades gubernamentales todavía aplica. Cuando sí aplica la suspensión, un padre o tutor presenta una reclamación en nombre del menor durante el periodo de suspensión (CCP § 352(a)).
    • Descubrimiento Tardío: Bajo esta regla, el estatuto de limitaciones podría posponerse hasta que la persona lesionada descubra, o razonablemente debería haber descubierto, su lesión y que la conducta indebida de alguien podría haberla causado. Un diagnóstico posterior por sí solo no retrasa automáticamente la fecha límite. La regla típicamente aplica solo cuando la lesión o su causa indebida no podría razonablemente haberse descubierto antes.
    • Demandado Fuera Del Estado: El periodo de limitaciones podría verse afectado si un demandado responsable de la propiedad ha estado ausente de California. Si esta regla de suspensión aplica, debería evaluarse según las circunstancias del caso (CCP § 351).
    • Falta De Capacidad Legal: Ciertos periodos de limitaciones podrían suspenderse cuando la persona lesionada no tiene capacidad legal para tomar decisiones. Si la excepción aplica a una reclamación por resbalón y caída, depende de los requisitos del estatuto y de los hechos (CCP § 352(a)).

    La persona que se apoya en una excepción por lo general debe demostrar que aplica. Confiar en la suspensión como plan de respaldo puede poner una reclamación por resbalón y caída en serio riesgo. Incluso cuando una excepción podría aplicar, actuar rápido ayuda a preservar evidencia que una extensión de la fecha límite para presentar no puede restaurar.

    Por Qué La Evidencia Desaparece Mucho Antes De Que Se Venza La Fecha Límite

    La ventana de 2 años para presentar es una fecha límite legal, no una garantía de preservación de evidencia. En una reclamación por resbalón y caída en California, evidencia importante puede desaparecer o cambiar mucho antes de que se venza el estatuto de limitaciones. Para cuando un reclamante considera presentar, evidencia que podría ayudar a mostrar cuánto tiempo existió un peligro o si el dueño de la propiedad sabía de él podría ya no estar disponible.

    • Video de vigilancia. Muchos sistemas de vigilancia comerciales y minoristas sobrescriben automáticamente las grabaciones bajo sus configuraciones rutinarias de retención. Un video que muestre cuánto tiempo un derrame de líquido o una superficie rota se quedó sin atender antes de un incidente puede ser evidencia importante al evaluar si el dueño de la propiedad tuvo aviso real o constructivo del peligro. Una demanda de preservación por escrito puede ayudar a poner al dueño de la propiedad en aviso de que las grabaciones relevantes deberían conservarse. También podría surgir un deber de preservar evidencia cuando el litigio es razonablemente previsible.
    • Registros de mantenimiento e inspección. Registros de inspección de pisos, calendarios de limpieza y registros de mantenimiento podrían borrarse o desecharse de acuerdo con las prácticas ordinarias de retención de registros de un negocio. Estos registros pueden ayudar a mostrar si el lugar estaba siendo inspeccionado y si se identificó o atendió una condición peligrosa. Una solicitud de preservación rápida ayuda a asegurar que se conserven los registros relevantes.
    • El peligro físico en sí. Los derrames de líquido podrían limpiarse rápido y componentes rotos de escaleras, pisos agrietados u otros peligros podrían repararse o alterarse después de un incidente. Fotos y videos tomados en o cerca del momento del incidente pueden preservar evidencia de la condición antes de que cambie.
    • Información de testigos. Personas que estaban ahí podrían irse del área, empleados podrían cambiar de trabajo y los recuerdos pueden volverse menos confiables con el tiempo. Reunir nombres de testigos e información de contacto lo antes posible puede ayudar a preservar relatos de lo que pasó.
    • Tu propia memoria. Detalles sobre el lugar, la iluminación, señalamientos de advertencia, la condición del piso y los eventos inmediatamente antes y después del incidente pueden volverse más difíciles de recordar con el tiempo. Escribir lo que pasó mientras los detalles todavía están frescos puede crear un registro contemporáneo útil.

    La fecha límite para presentar te dice cuánto tiempo, por lo general, tienes para iniciar una demanda. No garantiza que la evidencia necesaria para respaldar esa demanda todavía existirá cuando estés listo para presentar.

    Qué Hacer Después De Un Accidente De Resbalón Y Caída En California

    Los pasos que tomas después de un resbalón y caída pueden afectar la evidencia disponible para respaldar una reclamación por resbalón y caída en California. Actuar pronto puede ayudar a documentar lo que pasó, preservar evidencia relevante e identificar a las partes que podrían ser responsables.

    1. Busca atención médica pronto. Los registros médicos pueden documentar el momento, la naturaleza y el alcance de tus lesiones. Retrasos o huecos en el tratamiento podrían generar preguntas sobre la causalidad o la gravedad de las lesiones, dependiendo de las circunstancias.
    2. Reporta el incidente en el lugar. Dile al gerente de la tienda, al arrendador o al dueño de la propiedad sobre el incidente y pide un reporte del incidente por escrito si hay uno disponible. Guarda una copia. Un reporte del incidente puede ayudar a documentar cuándo ocurrió el incidente y que lo reportaste.
    3. Toma fotos y video del peligro. Documenta la condición del piso, superficie o área donde te caíste antes de que se limpie, repare o altere. Incluye señalamientos de advertencia, barreras o su ausencia, así como cualquier lesión visible.
    4. Reúne información de contacto de testigos. Consigue los nombres e información de contacto de cualquiera que vio el incidente u observó la condición peligrosa.
    5. Identifica quién es dueño o controla la propiedad. Esos factores pueden afectar la fecha límite para presentar. Si la propiedad o el control no están claros, investiga pronto, ya que las reclamaciones que involucran entidades públicas a menudo tienen fechas límite mucho más cortas que las de reclamaciones que involucran propiedad privada.
    6. Ten cuidado con declaraciones grabadas. Un ajustador de seguros podría pedir una declaración grabada sobre el incidente y tus lesiones. Antes de dar una, asegúrate de entender la solicitud y considera obtener asesoría legal, particularmente si el alcance de tus lesiones todavía es incierto.
    7. Revisa cuidadosamente cualquier oferta de acuerdo. Una oferta temprana podría hacerse antes de que se conozca el alcance total de tus lesiones, necesidades de tratamiento o pérdidas futuras. Antes de aceptar, revisa los términos cuidadosamente, ya que un acuerdo podría incluir una liberación que resuelve reclamaciones cubiertas.
    8. Contacta a un abogado de resbalones y caídas en California. Un abogado podría mandar una solicitud de preservación pidiéndole al dueño de la propiedad que conserve grabaciones relevantes de vigilancia, registros de inspección, registros de mantenimiento y otra evidencia. La preservación puede ser particularmente importante cuando la evidencia de otra manera podría sobrescribirse, alterarse o desecharse.

    Lo Que Arash Law Ha Recuperado Para Clientes En Casos De Responsabilidad De Locales

    Arash Law ha recuperado más de $1,000 millones para clientes lesionados en todo California. Los resultados de casos abajo incluyen una recuperación significativa por resbalón y caída, así como recuperaciones en otros casos de responsabilidad de locales que involucran lesiones graves.

    $3,000,000Resbalón Y Caída: En noviembre de 2021, Arash Law obtuvo una recuperación de $3 millones para un cliente que sufrió una lesión en la columna en un accidente de resbalón y caída. La evidencia en video jugó un papel importante en documentar el incidente y respaldar la reclamación.
    $3,500,000Responsabilidad De Locales: Nuestro equipo aseguró una recuperación de $3.5 millones en un caso de responsabilidad de locales que involucraba iluminación inadecuada. La clienta sufrió una caída que dio como resultado una lesión en la columna y afectó significativamente su vida diaria y su recuperación.
    $3,750,000Caída En Sitio De Construcción: En otro asunto relacionado con propiedad, un cliente se cayó de un techo mientras trabajaba en un sitio de construcción y sufrió una lesión cerebral traumática que requirió rehabilitación extensa. Colegas de compensación al trabajador refirieron el caso, y un juez de compensación al trabajador de Riverside aprobó un acuerdo de $3.75 millones.

    Recuerda: Los resultados pasados no garantizan resultados futuros. Cada caso es diferente y los resultados dependen de los hechos específicos, la evidencia, la ley aplicable y otras circunstancias.

    Si sufriste una lesión en un resbalón y caída u otro accidente relacionado con propiedad, Arash Law puede revisar las circunstancias de tu caso y hablar sobre tus opciones legales. Llámanos hoy al (888) 488-1391 para una evaluación gratuita de tu caso.

    Preguntas Frecuentes Sobre El Estatuto De Limitaciones Para Resbalones Y Caídas En California

    Los plazos de resbalones y caídas en California pueden variar dependiendo de quién sea responsable, del tipo de daños involucrados y de si aplica una excepción legal. Las siguientes respuestas abordan preguntas comunes sobre fechas límite perdidas, reclamaciones de seguro, menores y otros temas.

    ¿Qué Pasa Si Se Me Pasa La Fecha Límite De 2 Años Para Presentar?

    Revisión por parte de la persona lesionada de los plazos para presentar reclamaciones por resbalones y caídas en CaliforniaPerder la fecha límite de 2 años puede impedir tu reclamación si el demandado plantea el estatuto de limitaciones y no aplica ninguna excepción. Las cortes de California podrían desestimar un caso fuera de tiempo incluso cuando las lesiones son graves o la responsabilidad parece clara.

    Sin embargo, reglas como la suspensión por minoría de edad, el descubrimiento tardío o la falta de capacidad legal podrían cambiar la fecha límite aplicable en algunos casos. Incluso un retraso corto más allá de la fecha límite real puede poner en riesgo tu derecho a buscar compensación.

    ¿Presentar Una Reclamación De Seguro Pausa El Estatuto De Limitaciones?

    No. Presentar una reclamación de seguro o seguir con negociaciones de acuerdo, por lo general, no detiene ni extiende el estatuto de limitaciones. Aun así, debes presentar una demanda dentro del periodo de limitaciones aplicable, a menos que una excepción reconocida, una regla de suspensión u otra base legal cambie la fecha límite.

    ¿El Reloj Empieza En La Fecha Del Accidente O Cuando Descubro La Lesión?

    En la mayoría de los casos de resbalón y caída que involucran una lesión inmediatamente evidente, el periodo de limitaciones empieza cuando ocurre la lesión. En circunstancias limitadas, la regla de descubrimiento tardío podría posponer la acumulación hasta que la persona lesionada descubra, o razonablemente debería haber descubierto, la lesión y su causa indebida. Un diagnóstico posterior por sí solo no necesariamente retrasa el inicio del periodo de limitaciones.

    ¿Se Puede Extender El Estatuto De Limitaciones Para Un Menor?

    Sí. Para muchas reclamaciones por lesiones personales en propiedad privada, el periodo de limitaciones se suspende mientras la persona lesionada sea menor de edad. Cuando aplica CCP § 352(a), el periodo ordinario de limitaciones por lo general no empieza a correr hasta que la persona cumple 18. Las reclamaciones contra entidades gubernamentales están sujetas a reglas diferentes y un padre o tutor podría seguir una reclamación en nombre del menor antes de que termine el periodo de suspensión (CCP § 352(a)).

    ¿Cuál Es La Agencia Correcta Para Presentar Una Reclamación Por Agravio Gubernamental Contra El Estado De California?

    Para muchas reclamaciones contra el Estado de California, a diferencia de una ciudad, un condado u otra entidad pública local, la vía de presentación pasa por el Programa de Reclamaciones Gubernamentales del Departamento de Servicios Generales de California (Department of General Services’ Government Claims Program). La ruta correcta de presentación puede variar para ciertas reclamaciones o agencias, así que confirma el proceso adecuado antes de enviar la reclamación.

    Las reclamaciones contra Caltrans requieren atención cuidadosa a la ruta correcta de presentación. Quienes buscan $12,500 o menos en daños se presentan directamente con Caltrans, mientras que las reclamaciones que buscan más de $12,500 en daños por lo general pasan por el Programa de Reclamaciones del Gobierno.

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    Entender los límites de tiempo después de un accidente de resbalón y caída es crucial para asegurar que no pierdas tu derecho a buscar compensación. Si tienes preguntas sobre cuánto tiempo tienes, Arash Law puede ayudarte a cumplir con la fecha límite.

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    Fuentes

    Código de Procedimiento Civil de California § 335.1: Establece el estatuto de limitaciones general de dos años para acciones de lesiones personales y muerte por negligencia causadas por el acto indebido o negligencia de otra persona.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=CCP&sectionNum=335.1.

    Código de Procedimiento Civil de California § 338(c)(1): Establece el periodo de limitaciones general de tres años para lesión a propiedad personal.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=CCP&sectionNum=338.

    Código de Procedimiento Civil de California § 351: Aborda el efecto que la ausencia de un demandado de California podría tener en el periodo de limitaciones.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=CCP&sectionNum=351.

    Código de Procedimiento Civil de California§ 352(a): Aborda la suspensión basada en minoría de edad o falta de capacidad legal y contiene limitaciones sobre su aplicación a reclamaciones contra entidades públicas.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=CCP&sectionNum=352.

    Código de Procedimiento Civil de California § 377.60: Identifica a las personas que pueden presentar una acción de California por muerte por negligencia.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=CCP&sectionNum=377.60.

    Código de Gobierno de California § 911.2: Requiere que las reclamaciones cubiertas que involucran muerte, lesiones personales, o lesión a propiedad personal se presenten dentro de seis meses después de la acumulación.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=GOV&sectionNum=911.2.

    Código de Gobierno de California § 911.4: Rige las solicitudes de permiso para presentar ciertas reclamaciones gubernamentales tardías y por lo general requiere que la solicitud se haga dentro de un tiempo razonable que no exceda un año después de la acumulación.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=GOV&sectionNum=911.4.

    Código de Gobierno de California § 912.4: Por lo general, le da a una entidad pública 45 días para actuar sobre una reclamación presentada correctamente, a menos que ese periodo se extienda por acuerdo.

    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=GOV&sectionNum=912.4.

    Código de Gobierno de California § 913: Rige el aviso por escrito de la acción de una entidad pública sobre o el rechazo de una reclamación.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=GOV&sectionNum=913.

    Código de Gobierno de California § 945.6: Establece las fechas límite para presentar una demanda después de que se rechaza una reclamación gubernamental, incluyendo los seis meses después de un rechazo escrito adecuado y el periodo más largo cuando no se da un aviso escrito que califique.
    https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displaySection.xhtml?lawCode=GOV&sectionNum=945.6.

    Departamento de Servicios Generales de California — Programa de Reclamaciones del Gobierno: Proporciona el proceso de presentación para muchas reclamaciones por dinero o daños contra el Estado de California.
    https://www.dgs.ca.gov/ORIM/File-A-Claim

    Departamento de Transporte de California — Presentar una Reclamación por Daños: Explica la vía de presentación para ciertas reclamaciones contra Caltrans, incluyendo la distinción entre reclamaciones de $12,500 o menos y reclamaciones que exceden $12,500.
    https://dot.ca.gov/online-services/submit-damage-claim

    Arash Law — Resultados de Casos: Fuente para las recuperaciones por resbalón y caída y otras recuperaciones relacionadas con propiedad discutidas en el artículo.
    https://arashlaw.com/case-results/

    Descargo De Responsabilidad

    La información en esta página es para fines educativos generales y no constituye asesoría legal. Leer o confiar en este contenido no crea una relación abogado-cliente. Si te lesionaste, consulta con un abogado de lesiones personales con licencia en California sobre tu situación específica. Arash Law. Llama al (888) 488-1391.

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